Valora este artículo
(1 Votar)

TLCUE- INCORPORACION DE DIEZ ESTADOS MIEMBROS A LA COMUNIDAD EUROPEA – ASPECTOS OPERATIVOS.

 

Las disposiciones para certificación de origen y aplicación de preferencia arancelaria continúan bajo los mismos criterios, es decir utilizando:

ü  El Certificado de Circulación EUR1,

ü  La Declaración en Factura con Número de Exportador Autorizado,

ü  La Declaración en factura cuando el valor de la mercancía es menor a $6000 euros.

 

En realidad los cambios son de forma, y una parte de las Resoluciones y Decretos que se publicaron están enfocados a dar a conocer las nuevas versiones lingüísticas en las que se aceptarán tanto los Certificados de Circulación EUR1 como las Declaraciones en Factura, y las cuales a continuación indicamos:

 

  1. 1.ESTADOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EUROPEA.

Con la incorporación de los nuevos Estados Miembros, la Comunidad Europea ahora está formada por 25 Estados, que son los siguientes:

 

          Austria Bélgica Chipre   República Checa Alemania Dinamarca

          España   Estonia Finlandia   Francia Grecia   Hungría

          Irlanda

         Italia

          Letonia

          Lituania

          Luxemburgo

          Malta    

 

          Países   Bajos

          Polonia  

          Portugal

          República Eslovaka

          Eslovenia

          Suecia

           Reino Unido

 

 

NOTA: en color azul, se identifican los Estados Miembros que se incorporaron a partir del

1 de mayo de 2004.

 

  1. 2.EQUIVALENCIAS.

La regla 1.5 de la Resolución en Materia Aduanera del TLCUE, establece que las cantidades que se expresen en moneda nacional del país de exportación tendrán la siguiente equivalencia en EUROS:

 

PAÍS  

MONEDA  

IMPORTE

N/A

Euro

6,000

República   Checa

Corona checa

210,000

Chipre

Libra chipriota

3,448

Dinamarca

Corona danesa

45,600

Eslovaquia

Corona eslovaca

260,000

Eslovenia

Tolar esloveno

1,221,639

Estonia

Corona estonia

94,000

Hungría

Forint húngaro

1,555,800

Reino   Unido

Libra esterlina

3,744

Letonia

Lat letones

3,378

Lituania

Litas lituano

22,000

Malta

Lira maltesa

2,433.18

Polonia

Zloty polaco

24,500

Suecia

Corona sueca

55,000

 

Es necesario conocer esta información cuando se pretende aplicar preferencia arancelaria certificando el origen con la “Declaración en Factura” cuando el valor de la mercancía es de hasta $6,000 euros o su equivalente en la moneda en que se exprese, así como las excepciones a la certificación de origen. .

 

 

 

  1. 3.IDIOMAS OFICIALES PARA EXPEDIR EL CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN EUR1 Y LA DECLARACIÓN EN FACTURA.

 

a) El certificado de circulación EUR1 se podrá expedir en cualquiera de los siguientes idiomas:

 

Alemán

Checo

Danés

Eslovaco

Esloveno

Español

Estonio

Finés

Francés

Griego

Holandés

Húngaro

Inglés

Italiano

Letón

Lituano

Maltés

Polaco

Portugués

Sueco

 

 

b) Declaración en Factura.

El apéndice IV del Anexo III de la Decisión 2/2000 establece las versiones lingüísticas en las que se podrá realizar la Declaración en Factura. Anteriormente se declaraban las versiones en idioma español, danés, alemán, griego, francés, inglés, italiano, neerlandés, portugués, finés, sueco. A partir del 1º de mayo de 2004, la Declaración en Factura también se podrá expedir en los siguientes idiomas:

 

Idioma

Leyenda

Versión   checa

Vývozce   výrobků uvedených v tomto dokumentu (číslo povolení příslušného vládního   orgánu …(1)) prohlašuje, že kromě zřetelně označených, mají tyto výrobky   preferenční původ v …(2).

Versión   estonia

 

Käesoleva   dokumendiga hõlmatud toodete eksportija (tolliameti või pädeva   valitsusasutuse luba nr. ...(1)) deklareerib, et need tooted on ...(2) sooduspäritoluga, välja arvatud juhul kui on   selgelt näidatud teisiti.

Versión   letona

 

Eksportētājs   produktiem, kuri ietverti šajā dokumentā (muitas vai kompetentu valsts   iestāžu pilnvara Nr. …(1)), deklarē, ka, iznemot tur, kur ir citādi skaidri   noteikts, šiem produktiem ir priekšrocību izcelsme no …(2).

Versión   lituana

 

Šiame   dokumente išvardintų prekių eksportuotojas (muitinės arba kompetentingos   vyriausybinės institucijos liudijimo Nr. …(1)) deklaruoja, kad, jeigu kitaip   nenurodyta, tai yra …(2) preferencinės   kilmės prekės.

Versión   húngara

 

A   jelen okmányban szereplő áruk exportőre (vámfelhatalmazási szám: …(1) vagy az   illetékes kormányzati szerv által kiadott engedély száma: ….)   kijelentem, hogy eltérő jelzs hiányában az áruk kedvezményes …   származásúak(2).

Versión   maltesa

 

L-esportatur   tal-prodotti koperti b’dan id-dokument (awtorizzazzjoni kompetenti tal-gvern   jew tad-dwana nru. …(1)) jiddikjara li, ħlief fejn indikat b’mod ċar li mhux   hekk, dawn il-prodotti huma ta’ oriġini preferenzjali à(2).

Versión   polaca

 

Eksporter   produktów objętych tym dokumentem (upoważnienie władz celnych lub   upoważnienie właściwych władz nr …(1))   deklaruje, że z wyjątkiem gdzie jest to wyraźnie określone, produkty te mają   …(2) preferencyjne pochodzenie.

Versión   eslovena

 

Izvoznik   proizvodov, zajetih s tem dokumentom, (pooblastilo carinskih ali pristojnih   državnih organov št. ...(1)) izjavlja, da, razen če ni drugače jasno   navedeno, imajo ti proizvodi ... preferencialno poreklo (2).

Versión   eslovaca

 

Vývozca   výrobkov uvedených v tomto dokumente (číslo povolenia colnej správy alebo   príslušného vládneho povolenia …(1)) vyhlasuje, že okrem zreteľne označených,   majú tieto výrobky preferenčný pôvod v   …(2).

NOTAS:

(1) Cuando la declaración en factura sea hecha por un exportador autorizado en el sentido del artículo 21 del anexo III, en este espacio deberá consignarse el número de autorización del exportador. Cuando la declaración en factura no sea hecha por un exportador autorizado deberán omitirse las palabras entre paréntesis o deberá dejarse el espacio en blanco.

(2) Indíquese el origen de los productos.

(3) Indicar lugar y fecha (Esta información no es obligatoria si el exportador tiene el carácter de “Exportador Autorizado”

(4) Firma del exportador. Además deberá indicarse de forma legible el nombre y los apellidos de la persona que firma la declaración. (Esta información no es obligatoria si el exportador tiene el carácter de “Exportador Autorizado”

 

c) Traducción del Certificado de Circulación EUR1 y de la Declaración en Factura.

En caso de que la prueba de origen (Certificado / Declaración en Factura) se presente en un idioma diferente al español o inglés, deberá acompañarse de la traducción correspondiente al español o inglés. Para realizar esta traducción puede utilizarse el formato adjunto (Base Legal: reglas 2.2.1 y 2.3.2 de la Resolución en Materia Aduanera de de la Decisión 2/2000. DOF. 31/12/02 y su modificación del 30/04/2004).

 

 

d) Certificados Expedidos con Posterioridad a la exportación o por Duplicado.

Los certificados de circulación EUR1 que se emiten después de que la mercancía fue exportada, o bien que se expiden por “Duplicado” por pérdida o destrucción del certificado original, deberán incluir en el campo número 7 del Certificado (Observaciones), la siguiente leyenda, según sea el caso:

IDIOMA

LEYENDA - CERTIFICADOS   EXPEDIDOS CON POSTERIORIDAD A LA EXPORTACIÓN.

 

LEYENDA - CERTIFICADOS   EXPEDIDOS POR DUPLICADO.

Español

EXPEDIDO A POSTERIORI

             DUPLICADO

Checo

VYSTAVENO DODATEČNĚ

DUPLIKÁT

Danés

UDSTEDT EFTERFØLGENDE

DUPLIKAT

Alemán

NACHTRÄGLICH AUSGESTELLT

DUPLIKAT

Estonio

VÄLJA   ANTUD TAGASIULATUVALT

DUPLIKAAT

Griego

EKΔΟΘEN EK TΩN YΣTEPΩN

ANTIΓPAΦO

Inglés

ISSUED RETROSPECTIVELY

DUPLICATE

Francés

DÉLIVRÉ A POSTERIORI

DUPLICATA

Italiano

RILASCIATO A POSTERIORI

DUPLICATO

Letón

IZSNIEGTS RETROSPEKTĪVI

DUBLIKĀTS

Lituano

RETROSPEKTYVUSIS IŠDAVIMAS

DUBLIKATAS

Húngaro

KIADVA VISSZAMENŐLEGES HATÁLLYAL

MÁSODLAT

Maltés

MAĦRUG RETROSPETTIVAMENT

DUPLIKAT

Holandés

AFGEGEVEN A POSTERIORI

DUPLICAAT

Polaco

WYSTAWIONE RETROSPEKTYWNIE

DUPLIKAT

Portugués

EMITIDO A POSTERIORI

SEGUNDA VIA

Eslovenio

IZDANO NAKNADNO

DVOJNIK

Eslovaco

VYDANÉ DODATOČNE

DUPLIKÁT

Finés

ANNETTU JÄKIKÄTEEN

KAKSOISKAPPALE

Sueco

UTFÄRDAT I EFTERHAND

DUPLIKAT

 

 

  1. 4.INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN EUR1.

Se reformó el Anexo 1 de la Resolución en Materia Aduanera del Tratado de Libre Comercio con la Comunidad Europea, el cual señala el Instructivo de llenado del Certificado de Circulación EUR1. La modificación consistió en agregar dos numerales al apartado de “Notas Generales” de llenado del certificado, para precisar de manera adicional lo siguiente:

 

ü  No deberán quedar renglones vacíos entre las distintas mercancías indicadas en el Certificado y cada mercancía irá precedida de un número de orden. Se trazará una línea horizontal inmediatamente después de la última mercancía. Los espacios no utilizados deberán rayarse de forma que resulte imposible cualquier añadido posterior.

ü  Las mercancías deberán designarse de acuerdo con los usos comerciales y con el detalle suficiente para que puedan ser identificadas.

 

Es importante mencionar que a excepción de la disposición que establece que cada mercancía deberá ir precedida por un número de orden, estas notas ya están incluidas en lo que señala el Campo número 8 del Instructivo de llenado del Certificado EUR1; sin embargo es necesario verificar que los certificados deben cumplir con los requisitos antes señalados. Adjuntamos el archivo con el instructivo correspondiente, en el cual marcamos en color azul, los cambios derivados de la publicación del 30 de abril de 2004.

 

 

Leer 145 veces

Deja un comentario

Asegúrese de introducir la información requerida con la marca (*). No está permitido el Código HTML.